Clubes de barrio: podrán abrir cuentas corrientes en el Banco Ciudad sin costos
La Legislatura porteña aprobó una Ley para que las instituciones barriales inscriptas en el RUID puedan abrir cuentas corrientes sin costos de apertura, operativos o de mantenimiento.
La crisis económica no solo alcanza a las familias, y las pymes, sino también a los clubes de barrio, que tienen muchas dificultades para llevar adelante sus gastos y realizar su tarea de sostén de niños, adolescentes y jóvenes.
Por esto, la Legislatura porteña aprobó una Ley para que estas instituciones barriales puedan abrir cuentas corrientes en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires sin costos de apertura, operativos o de mantenimiento. Tuvo dictamen favorable en la Comisión de Turismo y Deporte.
“Se establece para los Clubes de Barrio que funcionan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se encuentran inscriptos en el Registro Único de Instituciones Deportivas (RUID) la opción de gratuidad para la apertura y mantenimiento mensual de una cuenta corriente en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires”, establece el artículo primero de la Ley.
En su segundo artículo señala “Quedan alcanzados aquellos Clubes de Barrio que ya posean cuentas activas como aquellos que en un futuro las soliciten”.
Asimismo se recuerda que “de acuerdo al art. 2 de la Ley 1807 se entiende por Clubes de Barrio a las asociaciones civiles sin ánimo de lucro que posean como objeto social la práctica y fomento de actividades deportivas”.
También menciona que “los clubes de barrio son instituciones fundamentales tanto en la vida de los barrios en particular como de la ciudad, en general” y “son instituciones que ayudan a fortalecer la vida social de los vecinos y las vecinas de los barrios en todos sus aspectos y que también aportan sus estructuras e instalaciones para brindarles diversos servicios”.
“Los Clubes de Barrio, frente a la difícil coyuntura económica que vienen atravesando, que deteriora su funcionamiento y posibilidad de crecimiento, la aprobación de la presente ley constituye un vehículo para que los mismos disminuyan sus gastos en pos de su continuidad y bienestar”, reconoce el Despacho de Ley.
Al respecto de otro beneficio de la Ley indica “En otro orden, el Banco de la Ciudad ampliaría su cartera de clientes, y consecuentemente, la posibilidad de consumos de sus servicios o productos bancarios: toma de créditos, constitución de plazos fijos, utilización de tarjetas bancarias, entre otros”.