Cómo pedir la Prestación Básica Universal para telefonía, internet y TV por cable
La Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU) permite tener acceso a los servicios de internet, telefonía celular/fija y televisión paga con tarifas reducidas.
¿Qué planes hay disponibles?
Telefonía Fija
El precio de la telefonía fija es de $380 por mes, incluye lo siguiente:
- Sin límite de llamadas entrantes.
- 300 minutos para llamadas locales y de larga distancia a destinos fijos de Argentina.
- Llamadas libres a números 0800 y números de emergencia.
Telefonía Celular
- El plan de telefonía celular tiene un precio $150 por mes e incluye:
- WhatsApp libre (sólo texto).
- 500 minutos para llamadas entre mismas compañías y 50 minutos para otras compañías.
- 500 SMS.
Paquetes de datos
Plan Internet Precio
Opción A 1 GB $200
Opción B 50 MB $18
Internet
Aquí los planes varían según la cantidad de clientes de la empresa proveedora del servicio:
- Prestadores con más de 50.000 clientes
- AMBA: 10 megas por $700
- Resto del país: 5 megas por $700
- Prestadores que tengan entre 2.000 y 50.000 clientes
- 5 megas por $700
- Prestadores con menos de 2.000 clientes
- 2 megas por $600
Televisión paga
En la televisión se hará un descuento al usuario en relación con la categoría de la empresa prestadora del servicio.
Categoría Número de clientes de la empresa Porcentaje de descuento
Categoría 1 Más de 500.000 30%
Categoría 2 Entre 100.000 y 500.000 25%
Categoría 3 Entre 30.000 y 100.000 20%
¿Quiénes podrán pedir la PBU?
- Las personas que podrán acceder a la prestación tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:
- Usuarios inscriptos en el Monotributo Social, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere 2 salarios mínimos vitales y móviles, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), como así también sus hijos de entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar (madre, padre, cónyuge o conviviente).
- Beneficiarias de la Asignación por Embarazo, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar (madre, padre, cónyuge o conviviente).
- Beneficiarios de Pensiones No Contributivas, que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 salarios mínimos vitales y móviles, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a 2 salarios mínimos vitales y móviles, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Usuarios que cobren un seguro de desempleo, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Usuarios que perciban una beca del programa Progresar.
- Personas que se encuentren sin trabajo o lo hagan informalmente, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Clubes de barrio.
- Asociaciones de bomberos voluntarios.
¿Cómo se tramita la PBU?
Habrá que completar una declaración jurada con los datos personales y enviarla al prestador de servicio correspondiente, quién deberá gestionarla.
En caso que el prestador se niegue a brindar la prestación el usuario tendrá que iniciar el reclamo a través de un formulario online informativo ante el ENACOM.
Fuente: ENACOM