La Ciudad prohíbe la pirotecnia ruidosa en todo el territorio porteño

La Ciudad prohíbe la pirotecnia ruidosa en todo el territorio porteño

La medida apunta a reducir el impacto negativo que generan los estruendos de la pirotecnia y proteger el ambiente, a personas con autismo, animales y adultos mayores.

El Jefe de Gobierno, Jorge Macri, anunció que la Ciudad de Buenos Aires prohibió el uso de pirotecnia ruidosa en todo su territorio. La medida apunta a reducir el impacto negativo que generan los estruendos, especialmente en bebés, adultos mayores, personas con autismo y animales.

La decisión se instrumentó a través de una resolución de la Agencia de Protección Ambiental (APRA), a la que se le ordenó adecuar la normativa vigente y avanzar con medidas concretas sobre el uso de artefactos pirotécnicos y de estruendo. El primer artículo declara a toda la Ciudad como “zona calma libre de pirotecnia” y prohíbe el uso de artificios con “efecto audible”.

“El uso de pirotecnia sonora afecta la salud de personas mayores, de bebés y de personas con TEA. También provoca daños a los animales y al ecosistema. Esta decisión responde a un pedido que escuchamos de manera reiterada en las reuniones con vecinos”, explicó, Jorge Macri.

Extensión de la medida a otros ámbitos

Además, un decreto firmado por el alcalde porteño establece en su artículo 4° la prohibición del uso de pirotecnia y artefactos de estruendo en cualquier evento o espectáculo organizado por el Sector Público de la Ciudad.

Hasta ahora, regía una normativa de 2020 que delimitaba “zonas calmas” en un radio de 100 metros alrededor de las Reservas Ecológicas de Costanera Norte y Sur, el Lago Lugano, el Ecoparque y hospitales. En esos espacios ya estaba prohibido el uso de pirotecnia sonora. Con esta nueva resolución, la restricción se extiende a todo el ámbito porteño.

La APRA tiene como misión proteger la calidad ambiental mediante la planificación y ejecución de políticas públicas orientadas a preservar la salud y el ambiente de quienes viven en la Ciudad.

Qué casos quedan exceptuados

La prohibición no alcanza a los artificios utilizados para emitir señales de auxilio, ni a los empleados por las fuerzas de seguridad y Defensa Civil, ni a aquellas actividades que, por razones de seguridad, requieren necesariamente su uso.

La medida se apoya también en lo establecido por el artículo 26 de la Constitución de la Ciudad, que señala que el ambiente es un patrimonio común y que todas las personas tienen derecho a vivir en un ambiente sano, así como el deber de preservarlo para las generaciones presentes y futuras.

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