Se oficializó la prórroga de despidos por 90 días y el pago de la doble indemnización

Se oficializó la prórroga de despidos por 90 días y el pago de la doble indemnización

Este sábado, a través de un decreto, el Gobierno nacional oficializó la prórroga por 90 días de la normativa que prohíbe los despidos y extiende la obligatoriedad del pago de una doble indemnización.

El decreto 39/2021 publicado hoy lleva la firma del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros que conforman el Gabinete nacional.

El artículo 1° establece ampliar «hasta el 31 de diciembre de 2021 la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/19 y ampliada por sus similares Nros. 528/20 y 961/20».

En tanto, el 2° artículo precisa que se prorroga «la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 90 días corridos contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 891/20».

Asimismo, se extiende «la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de 90 días corridos» y quedan exceptuadas «las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificatorias, como consecuencia de la emergencia sanitaria».

Tambien el DNU declara que los despidos y las suspensiones que violen lo dispuesto «no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales».

“Durante la vigencia de la emergencia ocupacional, en los casos de despidos sin justa causa no cuestionados en su eficacia extintiva, la trabajadora afectada o el trabajador afectado, tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente, en los términos del citado Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/19”, agrega.

De este modo, las empresas privadas no podrán despedir empleados sin justa causa ni por razones de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo, como ya está vigente. La medida ya generó rispideces en sectores industriales, como la UIA, que consideraron que «no existe justificación» para semejante disposición.