Comenzó la veda electoral: qué está prohibido y qué multas existen

Desde este viernes a las 8 comenzó a regir la veda electoral creada con el espíritu de conceder un espacio de reflexión a los votantes antes de emitir su voto. Qué no se puede hacer.
El próximo domingo 18 de mayo se llevarán a cabo las elecciones legislativas en la Ciudad de Buenos Aires. Por lo cual, desde este viernes a las 8 inició la veda electoral. Dicha medida tiene como objetivo garantizar un entorno de reflexión, evitando cualquier tipo de presión proselitista o manipulación del electorado.
La veda electoral es un período de restricción legal que comienza 48 horas antes de la apertura de los comicios y se extiende hasta tres horas después de su cierre. Durante ese lapso, se prohíben diversas actividades que podrían afectar la transparencia o tranquilidad del acto electoral.
En esta ocasión, las 17 listas que participarán de los comicios, tuvieron su cierre de campaña con actos en distintos puntos del distrito porteño. Ahora, deberán esperar al domingo para desarrollar la jornada y conocer su desempeño en el que se definirán 30 legisladores para la Capital Federal.
¿Qué no se puede hacer durante la veda?
Durante la veda electoral, hay una serie de actividades que quedan estrictamente prohibidas. A continuación, te detallamos algunas de las más importantes:
- Actos de campaña y proselitismo: no se pueden realizar actos públicos de campaña ni cualquier otra actividad proselitista, como por ejemplo, realizar entrega de boletas en un radio de 80 metros de los lugares de votación.
- Venta de bebidas alcohólicas: está prohibido que abran los negocios destinados al expendio o venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde las 20 horas del sábado 21 de octubre hasta las 21 horas del domingo.
- Espectáculos y reuniones públicas: no se pueden realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
- Publicación de encuestas: está prohibida la difusión de encuestas y sondeos preelectorales, así como proyecciones sobre el resultado de la elección.
- Prohibida la difusión de publicidad electoral: televisiva, radial, en internet y en medios gráficos.
- Portación de armas y distintivos partidarios: a los electores se les prohíbe la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección y hasta 3 horas después de finalizada.
Multas por incumplir la veda
El incumplimiento de la veda puede ocasionar desde multas económicas hasta penas de prisión. Por ejemplo, a quien venda bebidas alcohólicas durante el período de prohibición le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.