ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva extra virgen por considerarlo «ilegal»

ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva extra virgen por considerarlo «ilegal»

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este lunes la elaboración, fraccionamiento y comercialización de un aceite de oliva por estar «falsamente rotulado.

El organismo oficializó la medida a través de la Disposición 7834/2023, publicada en el Boletín Oficial bajo la firma del titular del organismo de control, Manuel Limeres.

El producto prohibido por la entidad es el «Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950 Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.».

Aceite de oliva prohibido por ANMAT

Según explicó el documento emitido por ANMAT, el aceite de oliva mencionado «no cumpliría con la normativa alimentaria vigente», al mismo tiempo que su RNE (Registro Nacional de Establecimiento» y RNPA (Registro de Producto Alimenticio) exhibidos en el rótulo del envase son inexistentes.

La investigación se inició a partir de una consulta particular presentada al Instituto Nacional de Alimentos (INAL), el cual realizó consultas a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires (DIPA) y descubrió la falta de registros del producto.

El rótulo del aceite de oliva en cuestión afirmaba que el producto provenía de Mendoza, por lo que se realizó una consulta con el Departamento de Higiene de los Alimentos de dicha provincia, el cual confirmó que los registros eran inexistentes y negó que existiera alguno con la razón social «Casanova S.A.» y/o «Colina del Rey».

La ANMAT hizo referencia a un antecedente que podría estar vinculado a este producto, ya que hace alrededor de un año, a través de la Disposición ANMAT N°6769/2022, se prohibió el aceite de Oliva Extra Virgen marca «Monte del Rey», envasado por Casanova S.A., ya que carecía de autorización de establecimiento y producto.

La entidad concluyó que el producto era ilegal «por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros inexistentes», ya que «no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado».

Por esto, dicho aceite de oliva «no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República», con el objetivo de «proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales» de los cuales no puede garantizarse su trazabilidad ni condiciones de elaboración.